Reglamentar los mecanismos mediante los cuales se vigilará y controlará la calidad de las pruebas con marcadores genéticos de ADN para paternidad y maternidad que se realicen en el territorio Nacional.
Definir y aprobar las condiciones que deben cumplir los laboratorios que practican las pruebas con marcadores genéticos de ADN para establecer paternidad o maternidad.
Vigilar el cumplimiento por parte de los laboratorios que practican las pruebas con marcadores genéticos de ADN para establecer paternidad o maternidad, de las condiciones definidas para los laboratorios clínicos y de los procedimientos establecidos por la comunidad genetica forense a nivel internacional.
Informar a las autoridades competentes, sobre las irregularidades detectadas, relacionadas con el cumplimiento de las condiciones exigidas, los procedimeintos y la calidad de las pruebas con marcadores genéticos de ADN para establecer paternidad maternidad por parte de los laboratorios, en ejercicio de las funciones de inspección, vigilancia y control.
Recomendar al gobierno Nacional, los estudios e investigaciones relacionados con la materia.
Resolver las consultas que sobre la materia se formulen.
Expedir su propio reglamento de funcionamiento.
Determinar el laboratorio de referencia qe realizará el control de calidad de las pruebas con marcadores genéticos de ADN para establecer paternidad o maternidad.