Para la solicitud del concepto toxicológico y evaluación del riesgo para plaguicidas de uso doméstico, plaguicidas de uso en salud pública, plaguicidas naturales, plaguicidas biológicos y coadyuvantes el solicitante deberá seguir los siguientes pasos:
- Presentar solicitud firmada por la persona natural o jurídica (representante legal o la persona debidamente autorizada por este) que será titular del concepto toxicológico, indicando: Nombre y dirección del solicitante, nombre del producto, tipo de plaguicida según ámbito de aplicación (doméstico, pecuario, salud pública).
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Diligenciar el formato Información básica para la solicitud de trámite para plaguicidas.
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Diligenciar la lista de chequeo que corresponda:
- Consignar o transferir a nombre del Instituto Nacional de Salud, en la cuenta corriente No.18199033-4 del Banco Davivienda el valor de la tarifa vigente del trámite (ver resolución de precios e instructivo de diligenciamiento de consignación).
- Adjuntar copia clara y legible del soporte de pago (consignación o transferencia) y copia del Registro único tributario-RUT para efectos de facturación electrónica. Tenga en cuenta que la factura se remitirá al correo electrónico registrado en el RUT.
- Radicar el expediente con los soportes establecidos en la lista de chequeo (según artículos 143 a 145 del Decreto 1843 de 1991) de acuerdo con el tipo de plaguicida objeto de la solicitud, junto con el formato información básica para la solicitud de trámite para plaguicidas preferiblemente a través del correo correspondencia@ins.gov.co o en el área de correspondencia del Instituto Nacional de Salud (Av. calle 26 No 51-20 CAN Bogotá D.C.). Es de tener en cuenta que en correspondencia se asigna un número de radicado; además, por correo electrónico recibirá el número único consecutivo-NUC. Tanto el radicado como el NUC son indicadores del ingreso efectivo del trámite ante la entidad.
- En caso de que el equipo técnico de conceptos toxicológicos requiera ampliar la información para dar continuidad al proceso, al interesado le será enviada la respectiva solicitud a través de correo electrónico a la dirección que se encuentra registrada en el formato información básica para la solicitud de trámite para plaguicidas. Cuando el interesado complete la información requerida, entrará en turno para continuar el proceso previamente iniciado.
- El Concepto Toxicológico será emitido por el Instituto Nacional de Salud por acto administrativo, el cual se notificará mediante el uso de medios electrónicos para lo cual se utilizará el correo electrónico registrado en el formato de información básica para la solicitud de trámite para plaguicidas, lo anterior conforme con los artículos 9 y 10 de la Ley 2080 de 2021 o aquel medio que refiera el usuario durante el transcurso del trámite administrativo, para ser notificado.
Tenga en cuenta
- Los trámites que no cuenten con el soporte de pago no serán revisados, lo cual será informado al usuario mediante oficio, sin perjuicio de solicitar nuevamente el respectivo trámite. El trámite inicia nuevamente según el procedimiento. Recuerde: realice un pago por trámite de acuerdo con la tarifa vigente.
Seleccionar únicamente la lista de chequeo que corresponde al tipo de plaguicida para el cual solicita la emisión del concepto toxicológico y evaluación del riesgo de toxicidad. Recuerde que se emite un concepto toxicológico por producto y ámbito de aplicación.
Los formatos son una herramienta que busca facilitar el proceso del trámite solicitado por el usuario, con el fin de recibir la documentación exigida por la ley de forma completa y así efectuar el estudio de los documentos de manera eficaz mediante el procedimiento de auto-chequeo, búsqueda rápida y efectiva de la información. Los documentos soporte son los establecidos en la norma marco.
Se precisa que los informes descriptivos para cada uno de los estudios toxicológicos del ingrediente activo deberán permitir como mínimo conocer el tipo de estudio realizado, la especie, sexo y número de los animales de experimentación, pureza y dosis suministradas de la sustancia de prueba en mg/kg de peso corporal/día, efectos observados y conclusiones (estableciendo NOAEL / LOAEL y efecto crítico), además esta información debe estar referenciada y estas referencias deberán ser verificables; utilizando un lenguaje claro y coherente.
Aportar la información requerida de forma completa, debidamente organizada; verifique que la documentación se ha adjuntado de manera apropiada, permitiendo su adecuado acceso para revisión técnica.
Es importante resaltar que el evaluador puede solicitar información adicional a la que se encuentra aquí consignada, de acuerdo con la normatividad vigente.
En la lista de chequeo solo debe ingresar el número de folios e indicar si dicha información es confidencial.
Para mezclas de dos (2) o más ingredientes activos se deberán presentar los estudios de toxicidad aguda de la mezcla y los informes descriptivos de toxicidad subcrónica y crónica de cada ingrediente activo.
Si el solicitante no es el titular de los estudios de toxicidad debe contar con una carta de autorización del propietario de dichos estudios para su utilización. En caso de que la autorización sea emitida por empresa extranjera esta deberá presentarse apostillada y legalizada de acuerdo con lo establecido por el Ministerio de Relaciones Exteriores.
Descargue la última versión de los respectivos formatos.